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Incumplimiento del Régimen de Visitas
Si en algún momento de tu antigua relación con tu ex-pareja te has sentido inseguro o insegura por el hecho que fuera, seguramente también te habrás preocupado más de una vez por el bienestar de tus hijos.
Ya una vez divorciados, este pensamiento no te ha abandonado del todo y te preguntas ¿Qué pasaría si esta persona incumpliese el régimen de visitas? No debes preocuparte por nada, la legislación española tiene en cuenta este tipo de acciones y no permite que ocurran sin consecuente sanción.
Incumplimiento régimen de visitas ¿Qué es?
El incumplimiento del régimen de visitas no es algo que suceda normalmente. El régimen de visitas se establece o bien de mutuo acuerdo por ambas partes implicadas en el divorcio o bien mediante sentencia judicial.
De ser un acuerdo al cual se ha llegado mediante el consenso de ambas personas, ambos deberían estar satisfechos con los firmado y presentado ante el juez, por lo que no debería haber ningún incumplimiento del régimen de visitas a no ser que surgiera a raíz de otro acuerdo entre ambos progenitores o ex-cónyuges. En caso de llegar a un acuerdo este deberá constar en el plan de parentalidad.
El otro caso que se puede dar es que este régimen de visitas haya sido impuesto por un juez habiéndose celebrado un contencioso entre las personas interesadas en la disolución del matrimonio, es decir, la pareja.
De ser así, el acuerdo propuesto por el juez no podría incumplirse de ninguna de las maneras y en caso de desearlo, debería hacerse una petición formal al juzgado correspondiente pidiendo una modificación de los términos del actual régimen de visitas.
Como se puede observar, no debería producirse este incumplimiento del régimen de visitas sin haber un previo aviso a la autoridad correspondiente y posterior estudio de la demanda o bien que hubiera un nuevo acuerdo entre las partes implicadas.
Pero, ¿y si, aun así, se produce un incumplimiento del régimen de visitas?
Incumplimiento régimen de visitas no custodio
En la mayoría de ocasiones que se produce un incumplimiento del régimen de visitas este suele ser cometido por el progenitor no custodio.
En caso de haberse cometido un incumplimiento del régimen de visitas en primer lugar deberá analizarse en qué grado o nivel se ha producido este y cuál es su importación y por tanto cual deberá ser la acción a realizar.
Como hemos dicho, puede haber un incumplimiento del régimen de visitas en caso de que se haya llegar un nuevo acuerdo entre las dos partes y que estas estén de acuerdo en que se produzca sin haber ningún tipo de coacción por en medio.
Este nuevo acuerdo o pacto, no recomendamos de ninguna las maneras que se produzca de forma verbal. Es altamente aconsejable que se deje constancia de el por escrito a vistas un posible incumplimiento de lo pactado.
En caso de que se diera el incumplimiento del régimen de visitas y no hubiera habido un acuerdo que lo permitiese la forma de actuar seria mediante la vía judicial.
En el momento en el que el progenitor no custodio incumple el régimen de visitas, sea este el motivo que sea, el progenitor custodio podrá y tendrá la obligación de presentar una denuncia por este acto.
El juzgado valorara en función de la temporalidad y la gravedad del incumplimiento del régimen de visitas, que acciones deberá tomar contra el progenitor no custodio. Además, es recomendable la recopilación de pruebas de este incumplimiento por parte del progenitor custodio para poder aportarlas junto con la demanda.
Incumplimiento régimen de visitas de los abuelos
En caso de que el incumplimiento del régimen de visitas se produjera por parte de los abuelos, este sería igualmente juzgable. Además, los abuelos también podrían perder el derecho al régimen de visitas en caso de tratar de cambiar la percepción que tienen sus nietos sobre alguno de sus padres.
Los abuelos también podrían verse perjudicados en caso de que sea su hijo o hija que produjera el incumplimiento del régimen de visitas. Si este último realizara un incumplimiento lo suficiente grave como para retirarle de este régimen, los abuelos podrían ver reducidos también su tiempo con sus nietos dependiendo del grado de complicidad que haya entre estos y progenitor que haya incumplido el acuerdo.
Incumplimiento régimen de visitas ejemplos
Pero no todos los casos de incumplimiento de régimen de visitas que se dan son por parte del progenitor no guarda o custodio. Estos también pueden llevarse a cabo por acciones del progenitor custodio con la finalidad de tratar de modificar el tiempo que pasa el no custodio con sus hijos.
Los casos más comunes en los que incumple el progenitor guarda son los siguientes:
- No permitir la recogida de los menores por parte del progenitor no guarda cuando este deba hacerlo según quede reflejado en el acuerdo judicial.
- tratar de acortar el tiempo disponible del progenitor no custodio, por ejemplo no encontrándose en el punto de recogida a la hora acordada en el régimen de visitas.
- encontrarse en un punto diferente al de recogida diferente al acordado en el que aparece en el régimen de visitas.
Casos en los que el progenitor no custodio incumple el régimen de visitas:
- Por mandar a una persona no contemplada en el acuerdo del régimen de visitas a recoger a los menores, ya sea del punto de recogida o bien a la salida del colegio.
- Devolver fuera del tiempo acordado a los hijos al progenitor custodio, ya sea un tiempo considerablemente grande pasado el tiempo pactado o bien demasiado pronto sin previo aviso y confirmación por parte del custodio.
- No acudir a recoger a los menores al punto especificado en los horarios que hayan sido pactados dentro del régimen de visitas. esto incluye por ejemplo no acudir a recogerlos de la escuela cuando le corresponda a él.
Todos estos caso que hemos enumerado son casos con un nivel o gravedad leve pero que deben ser tenidos en cuenta. De darse algún caso de gravedad como una acción de violencia física o verbal por parte de algún progenitor, este hecho debería ser inmediatamente reportado ante la ley.